QUIENES TIENEN EL ACCESO A LA CORTE CENTROAMERICANA DE JUSTICIA

Según el artículo 10 de su Ordenaza de Procedimientos, tienen  acceso a La Corte:

Los Estados miembros del SICA y, en su caso, cualquier otro Estado; los Poderes u Órganos fundamentales de los Estados miembros. La Corte definirá en cada caso concreto la naturaleza procesal de los Órganos que acudan a ella; igualmente tiene acceso los Órganos u Organismos del Sistema de Integración y las personas naturales o jurídicas.

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